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VIGENCIA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL PACIENTE RENAL EN EL PERU


En el Perú, en teoría, la salud  esta  cubierta  por el Ministerio de Salud y su red  asistencial  que atienden  a  aproximadamente  19  millones de peruanos, luego el Sistema de Seguridad  Social (Essalud)   que  atiende a  cerca de 6 millones de afiliados  (solo  2´200,000  son  aportantes),  las  entidades  prestadoras de salud  (EPS) que  dan  cobertura  a  cerca de  400,000  habitantes y las  FFAA  a  500,000 habitantes. 


Sin embargo  de los  19 millones de  peruanos que corresponde  atender  al Minsa,  el  25% de  ellos no tiene acceso a ningún servicio de salud pública debido a problemas económicos, culturales, geográficos, educación y, sobre todo, por la calidad del servicio que se brinda pues en muchos casos no resuelve el problema sino que lo agrava

La insuficiencia  Renal  Crónica  (IRC)  es un  Problema de Salud  Publica  a  nivel mundial,  no  primordialmente por tener  tasas  altas de incidencia en la población, sino  por la magnitud de sus  efectos  socioeconómicos. Solo el  Seguro Social que  da cobertura a mas del 95 % de los pacientes en diálisis en el Perú, brinda tratamiento a cerca de 4,200 pacientes.

 En los últimos  años el Estado  ha logrado  a  través del Seguro Integral de Salud   (SIS) brindar  servicios de  diálisis a la población escolar. Sin embargo es conocido  que el SIS  esta  con problemas de  financiamiento.

En Latinoamérica ,los  estudios  están  básicamente  relacionados  a  datos  de  la ultima  fase  de  la Insuficiencia  Renal  Crónica (Grado IV, terminal),siendo las  tasas    muy variables  dependiendo de  cada  país  en función del  sistema de  salud  que rige  la  cobertura del tratamiento de diálisis, así  por ejemplo  en  Puerto  Rico  esta  tasa  es  de 719  pacientes  por millón de población (pmp) , en USA de   1,160  pmp, en Japón de  1050 pmp , en Brasil  de  188 pmp , en Chile de  332  pmp , Uruguay de  556 pmp y en nuestro pais de   111.1  pmp (La Nefrología en Latinoamérica- SLANH)

Las tasas de  Incidencia  son en Puerto Rico de  276.9 pmp, en USA de 311 nuevos  casos pmp  y  en Perú de  44.2  pmp.

Es claro que   las verdaderas  tasas en  nuestro País  deberían  ser  3 o 4 veces  mas, si es que  la  cobertura de salud   fuera  Universal. Así  las  aproximaciones realizadas para el estadio final de la IRC  estiman una prevalencia  de 600 pmp y una incidencia de  100 pmp.

 

El Derecho a la Salud

El Derecho a la  Salud  se encuentra reconocido  en él articulo 7 de la Constitución Política del Perú (1993), dentro del capitulo relativo a los derechos sociales y económicos y culturales. Todos tienen  derecho  a la protección de su salud, la del medio  familiar y la de la comunidad.  En la ultima propuesta de  reforma constitucional se pretende  retornar  el derecho a la salud  al capitulo de  los derechos y deberes fundamentales de la persona.

La Salud  no solo depende  del derecho  a la educación, el trabajo, la vivienda o la  alimentación. Esta relacionado con el disfrute de los derechos  civiles  y políticos. El derecho a la no  discriminación, a la  igualdad ante la  ley, a estar libre de  tortura, a la libertad  de información. La defensa del derecho  a la salud involucra  algunos de estos derechos.

Según la Ley General de Salud (26842), la  responsabilidad del Estado  en la provisión de servicios de salud publica es irrenunciable y es su deber  intervenir en la provisión de servicios de atención medica con arreglo a principios de equidad. 

 

Derechos de los  Pacientes

Los usuarios  tienen derecho a exigir que los servicios  que se dan para la atención de su salud cumplan con niveles  de calidad aceptados en los procedimientos y practicas profesionales.  Así, los profesionales, técnicos y auxiliares  sanitarios  son  responsables  por los daños  y  perjuicios  que ocasionen al paciente  por el ejercicio negligente,  imprudente e imperito de sus actividades y el establecimiento de salud o servicio medico de apoyo es  solidariamente  responsable  con ellos  cuando exista  relación de dependencia.

Algunos  principios  básicos, sobre los  que  recaen  los derechos de los pacientes renales  son:

  1. Obligaciones  tripartitas:  Supone  libertades  y derechos
  2. No-discriminación
  3. Equidad
  4. Progreso Adecuado
  5. Participación  Autentica
  6. Acceso a  recursos efectivos

En nuestro  país, la Ley General de  Salud  (Ley N026842)  contempla  en su Titulo  Primero, los  derechos, deberes  y  responsabilidades  concernientes a la salud Individual, la mayoría de ellos en sus primeros  21 artículos.

Muchas   son las razones  por la cual   los  derechos de  los  pacientes no se cumplen  en nuestro país,  este desconocimiento esta  en  proporción directa a la menor  condición socioeconómica  del  usuario,  al   grado de  profesionalización de los  médicos  y personal de  salud  relacionados  y a que la  demanda de atención  sobrepasa  con creces  el  nivel de  oferta que pueden  brindar los sistemas de salud

El incremento de la  demanda y de la oferta de servicios médicos  tanto del Estado  como de particulares ha propiciado el mayor contacto  entre los operadores de la salud  con él  publico usuario,  estableciéndose como  consecuencia un conjunto  de  interacciones  conflictivas  que involucran  a establecimientos de salud  (Minsa, Essalud, etc.), profesionales  de la salud,  trabajadores  de la salud, compañías de  seguro de salud y usuarios.

Muchas de estas  interacciones  conflictivas derivan de  la  poca  transparencia  y  de la escasa  y  mala comunicación entre los actores  sanitarios y  los  pacientes.  Ello surge  del desconocimiento y la falta de voluntad de los  profesionales de la salud  en  conocer  y respetar  los  derechos  de los  pacientes.

En el  Acto Medico  se han establecido  algunas características ya  conocidas como:

  1. Preservar la salud
  2. Preservar la Vida
  3. Relación medico paciente

Con relación a las  exigencias  del  acto Medico  se  tiene que  ser:

  1. Confiable
  2. Respetuoso
  3. Cómodo
  4. Completo
  5. Libre
  6. Valoración Justa

La responsabilidad médica  debe basarse  en   ser  Humanística, con responsabilidades  y reglamentada

El derecho de los pacientes esta  enmarcado en  algunos  postulados como:

  1. Fuente  de  fortalecimiento de la individualidad y de la persona
  2. Dependen de un poder exterior y otro superior en los cuales actúa él medico, el Estado, el Colegio medico y los  abogados.
  3. Institución Social aceptada colectivamente como  imperativa
  4. Cautelan  del, la  ética medica, el médico, los profesionales de la salud.

Derechos del  Paciente  Renal

Los  siguientes  son algunos de los  derechos  de  los usuarios  de los  servicios de salud,  todos  son aplicables a  los pacientes  que padecen de Insuficiencia  Renal  Crónica Terminal  sometidos a  terapias de  reemplazo renal:

  1. Recibir  atención medica  adecuada
    La atención medica, en este caso  debe  ser integral, es decir   en la evaluación   por las diversas especialidades  que  evalúan a estos pacientes como son: Nefrología,  Nutricion,  Psicologia, Cardiología, Cirugía  vascular, etc.  Asimismo  dicha atención debe ser  otorgada por personal  preparado.  Por ultimo  el paciente  debe exigir  que los bienes  utilizados   en su  evaluación y tratamiento  deben  cumplir  con los  estándares  de calidad  recomendados.
  1. Recibir  atención Medica  adecuada en  Centros de  Diálisis  que cuenten  con Infraestructura Adecuada, con equipos  e  insumos de   calidad.
    El paciente  debe  exigir  que los  Equipos, instrumental  e insumos  utilizados  en su  tratamiento deben  cumplir  con los  estándares de  calidad   internacional.

    En ese  sentido  las  autoridades de  salud  responsables  deberían  contratar  Servicios de   Diálisis   que cumplan  Especificaciones Técnicas  Internacionales.  Probablemente  en el  futuro  debería incorporarse  a los representantes de los  usuarios  elegidos democráticamente, en la evaluación de  dichos  centros.
  1. Libertad de  Elegir  el  Centro de  diálisis
    Este   derecho  debe   ser   exigido por los pacientes  que vienen  siendo sometidos a  Hemodiálisis   ya sea  a través de   Essalud  y del Minsa. El paciente   debe  elegir  el  Centro  de diálisis  más cercano a  su  domicilio 
    y /o  centro de labores o estudio,esta elección  debe  ser  libre  y a criterio del  paciente y sin  recibir  presión de  ningún  funcionario  o personal  asistencial. Lo mencionado esta  explicito en  el contrato  que establece  Essalud (el unico ente  de salud que cubre  Hemodialisis  cronica en el Peru) con los centros de diálisis   en las  Especificaciones  Técnicas  en el ítem III y en el  numeral 7.5, el cual dice a la letra:  Los pacientes asegurados  que viene  recibiendo atención en un Centro de  Hemodiálisis contratado por Salud podrán voluntariamente solicitar  ser atendidos en otro centro, para lo cual  el Centro de hemodiálisis de Essalud  procederá a su reubicación.
  1. Tener  un trato  digno  y respetuoso
    Deben  exigir  el respeto de su personalidad, dignidad  humana e intimidad, sin  que  pueda ser  discriminado pro razones de raza, de estrato  social,  de sexo,  moral, económico, ideológico, político o sindical.
    Los médicos, enfermeras  el  todo  personal implicado en el tratamiento dialítico deben  identificarse con el paciente,  brindarle un buen trato  y no discriminarlo.
  1. Acceder  a la  mayor y mejor  Información  sobre los  servicios  sanitarios a los que puede  acceder y sobre  los  requisitos necesarios  para su uso.
    El  paciente  tiene derecho a  ser informado  claramente y en términos  comprensibles sobre su estado de salud,  sobre los tratamientos  requeridos, así como  de las  consecuencias  y los riesgos  que ellos implican, esta infamación  debe  ser brindada al  y a sus  familiares o allegados.

    Esta  información  debe  ser  completa  y continuada  verbal y escrita si fuera el caso, sobre  su proceso, incluyendo diagnostico, pronostico  y alternativas  de tratamiento, así como  la información regular (mensual) de sus  resultados de  laboratorio y de las medidas  a  tomar.

    Debe promoverse  el  Empoderamiento  del usuario, a través de una  información continuada y de calidad sobre los servicios de salud renal que se prestan.
    También  tiene derecho a que se le explique el pronóstico y los costos del tratamiento
  1. Consentimiento  Informado
    No se podrá  brindar la atención sin la autorización de la persona. Asimismo  esta  podrá  rechazarla, interrumpir el  tratamiento o abandonar el establecimiento sanitario  si lo desea.

    A elegir  libremente  entre las opciones  que le  presente  el  responsable medico de su caso, siendo  preciso  el previo  Consentimiento Informado  escrito del usuario para la realización de cualquier  intervención, excepto en los siguientes  casos:
      1. Cuando la  no intervención  suponga  un riesgo para la salud publica.
      2. Cuando no este capacitado para  tomar decisiones, en cuyo  caso el derecho corresponderá a  sus familiares  y allegados.
      3. Cuando  la urgencia  no permita demoras por  poderse  ocasionar  lesiones  irreversibles o existir peligro de muerte.
  1. Contar con un expediente clínico
    La atención medica  recibida  estará  debidamente escrita  en forma clara en un expediente clínico.  En este  documento  se  encontrara la  Historia  medica nefrologica del paciente,  los  diagnósticos, la  evolución  de su enfermedad, los detalles de su tratamiento, los exámenes  periódicos  de laboratorio, etc.
  1. Contar con el secreto profesional  y  la debida confidencialidad
    El paciente  tiene derecho a que la información brindada  por los médicos se maneje  de manera confidencial y que no se divulgue  sin previa autorización de su parte, incluso después de  su muerte.
  1. Recibir  atención medica de  urgencia
    Los  centros de salud  públicos  o privados  están en la  obligación de brindar  la atención de  urgencia  a cualquier  persona  cuya  vida  este en peligro.
  1. Dar a conocer   decisiones anticipadas  a los representantes terapéuticos
    El paciente  debe  dar directivas  y especificara  el tipo de tratamiento  de reemplazo renal que desea recibir.
  1. Poder  Reclamar o  emitir la queja  correspondiente a  lo que considere  para lograr  lo justo
    El paciente  tiene derecho a  ser escuchado y a recibir  una respuesta cuando  no este conforme con la atención medica  recibida. En nuestro País  la cultura de  reclamo  es muy baja, menor del 10 % de los  casos potenciales.

    El reclamo  debe  ser   tomado como  una Oportunidad de Mejora por parte de  los  funcionarios del Sistema de salud, así como por los médicos y enfermeras de  diálisis.  Lamentablemente  en nuestra sociedad, muchas veces es tomado como  fuente de  mayor maltrato  al usuario. 
  1. Entrega de  Certificación de su estado de salud
    El paciente  tiene derecho a   solicitar   el certificado de su salud cuando  su  exigencia  se establezca  por una disposición legal o reglamentaria.
  1. No ser sometido, sin su consentimiento a  exploraciones, tratamientos o exhibiciones con fines docentes
    El paciente  debe ser  advertido de si los procedimientos  de pronostico, diagnósticos y  terapéuticos que se apliquen, pueden ser utilizados  en función de un proyecto docente o de investigación, que, en ningún caso, podrá  comportar  peligro adicional  para su salud.  En  todo caso, será imprescindible la previa  autorización y por escrito  del paciente y la aceptación  por parte del medico y de la  dirección del  correspondiente centro  sanitario.

Deberes del  Paciente Renal

Sin embargo,  en nuestro país  estamos  acostumbrados  a mencionar  y exigir  nuestros  derechos,  dejando  olvidado  el tema de los  Deberes, los cuales  son  a mi entender  tan importantes como  los  Derechos, a continuación  detallo  algunos  de  los  deberes del  paciente renal:

  1. Cumplir las  prescripciones  generales  de naturaleza  sanitaria
    Las cuales   son  comunes a toda la población, así como las especificas  determinadas  por los servicios  sanitarios.
    Los  pacientes  deben  cumplir con  el tratamiento medicamentoso
    (Vitamina D3, complejo  B, ácido fólico,  Eritropoyetina, carbonato de calcio) en forma regular, como   ha sido indicado por los  facultativos.

    Es cierto  que para ello, se requiera  que el Sistema Sanitario provea  dichas medicinas en  forma regular y oportuna. Una  sugerencia  es que  dichas medicinas  sean brindadas  por los centros  de diálisis e incluir  los costos  en  la estructura  tarifaria. Otra alternativa  seria  brindarles  la medicación   en el centro de diálisis  a través de  sus  comités evaluadores periódicos.
  1. Cuidar  las  Instalaciones  del centro  Sanitario, y colaborar en el mantenimiento  de la  habitabilidad de las  Instituciones  Sanitarias
    Debe  mantener  ciertas  normas  civiles, como  evitar   botar papeles en el piso, evitar  escupir en el piso, evitar   escribir  en los mobiliarios de la Institución,  etc.
  1. Responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones  ofrecidas por el sistema  sanitario
    Fundamentalmente en lo concerniente  a la utilización de  los  servicios, procedimientos de baja laboral, incapacidad permanente y prestaciones  terapéuticas  sociales.
  1. Ser  puntual para el inicio de las sesiones de Hemodiálisis 
    Pues   la  tardanza   inicial en algún turno  origina  el  consecuente  retraso  en el inicio del  turno de diálisis  siguiente, perjudicando así  a los usuarios de los  siguientes  turnos de  diálisis.
  1. Mantener  un régimen dietario  y de ingesta de líquidos, de  acuerdo  a las indicaciones  de los profesionales de salud
    Evitando   así,  situaciones de  emergencia  sea por sobre hidratación y  de    hiperkalemia  que pudieran poner  en riesgo  su salud.
  1. Mantener  una relación  respetuosa  con los profesionales de Salud Renal
    La  cual  también debe ser extensiva a  los  demás pacientes  que  acuden al  centro  de  diálisis, con los  cuales  debe  promoverse  el compañerismo y la solidaridad.
    Deben  mantener  el  respeto de la  personalidad, dignidad  humana e intimidad  de los demás  usuarios, sin que  ninguno  pueda ser  discriminado por razones de raza, de estrato  social,  de sexo,  moral, económico, ideológico, político o sindical.
  1. Debe mantener  una  buena  Higiene Personal
    Asimismo debe   mantener  una higiene prolija  del  brazo  donde se encuentra la  fístula arteriovenosa.  Previo  al  ingreso  a la Sala de Hemodiálisis  deberá lavarse el mencionado  brazo con jabón desinfectante y secarse con papel descartable.
  1. Firmar  el documento  de  Retiro  Voluntario de la  Institución, en caso de no aceptación del tratamiento
    De  negarse a  ello, la dirección del correspondiente  centro sanitario, a propuesta del  facultativo encargado del caso podrá  dar el alta y  reservarse  el derecho a denunciar el caso.
  1. Debe  asistir e forma regular a las Charlas Educativas
    El centro de  diálisis   programa  con anticipación  el  rol de charlas  educativas para pacientes  y familiares.

Defensoria del  paciente

Entidad  que debe velar  por los derechos  de los pacientes,  recibir e investigar las quejas  y reclamos  de los usuarios e  impulsar  la calidad de los servicios  sanitarios.

En nuestro País  se  han  institucionalizado  y creado   las  respectivas  defensorias  en   las  siguientes  instituciones:

Superintendencia  de   Entidades  Prestadoras de Salud:
Avenida  Velasco  Astete 1398 Surco.  372-6150 / 372-6127  Fax 372-6144
Mail:  ceconar@seps.gob.pe

Ministerio de Salud (MINSA):
Avenida Salaverry cuadra 8 s/n 2do Piso.  0800-10828 (linea gratuita) Fax  315-6600 anexo 2134 
Mail :  transparencia@minsa.gob.pe

Seguro  Social del Perú (ESSALUD):
Avenida Arenales 1302, oficina 320.  265-6000 anexo 2080
Mail: defensoriadelasegurado@essalud.gob.pe

 

Dr  Fernando   Vasquez  Mendoza
NEFROLOGIA
CMP  18879    RE  9005

www.drfernandovasquez.com

                                  

 

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